Desde hace varios años se habla de la tasa rosa. Su popularización se atribuye a un colectivo feminista francés que, en su lucha por la igualdad de género, pone este tema sobre la mesa.  Pero, ¿qué se entiende por tasa rosa? La definición al uso de este concepto alude al precio extra que tiene que pagar el público femenino por productos con las mismas características y prestaciones que los destinados al público masculino.

Las cuchillas de afeitar desechables son uno de los ejemplos más utilizados para ilustrar este fenómeno: las de las mujeres suelen tener un sobreprecio respecto a las de los hombres, aunque se diferencien esencialmente en su color. En España, Facua-Consumidores en Acción realizó un estudio en 2018 en el que estimó que el precio de las cuchillas de afeitar para mujeres era un 171% superior al de los hombres. Por este motivo, esta organización interpuso varias denuncias contra supermercados como Día, Lidl o Carrefour. Algunos de los datos aportados por Facua fueron los siguientes: el paquete de 20 maquinillas con dos hojas de Bonté Men (marca comercializada por Día) costaba 1,75 euros, frente a los 2,30 euros del paquete de 10 unidades idénticas de Bonté Professional Woman’s Comfort. En la marca Cien, distribuida por Lidl, los precios son idénticos (99 céntimos), pero el paquete destinado a los hombres tenía 12 unidades y el de las mujeres sólo 6. Otras investigaciones también certifican el sobreprecio atribuido a los productos dirigidos al público femenino. Por ejemplo, la Oficina de Consumo de Nueva York sostiene, a partir de un estudio hecho en 2016 con 800 productos pertenecientes a 35 categorías de 90 marcas, que las mujeres americanas pagan un precio más alto, entre otros productos, en cuidado personal (+13%), juguetes (+7%) y ropa de niños (+4%). Los estudios de Facua y de la Oficina de Consumo de Nueva York son dos ejemplos de los muchos que se pueden encontrar certificando un mayor precio para el público femenino.

Ahora bien, que exista la tasa rosa no implica que no exista una tasa azul. Es decir, no implica que no se encuentren sobreprecios en productos destinados al segmento masculino. Así, en nuestro país, en un trabajo realizado por Tiendeo en 2017 se observó hasta un 23% más de precio de algunos complementos masculinos. Según un estudio realizado por el periódico El Mundo en 2020 con productos de Eroski, la diferencia no siempre es mayor para los productos femeninos. Por ejemplo, el desodorante Protege&Cuida de Nivea (spray de 200 ml) cuesta 3,15 euros en su versión femenina y 3,35 en la masculina. En la medida en la que en el segmento masculino se amplía el consumo de productos de cuidado personal, las marcas de cosmética están aprovechando este fenómeno e incrementando los precios. Hasta ahora los hombres, al no ser tan proclives a consumir, por ejemplo, productos de belleza, no eran objeto de precios altos. Además, algunas empresas tienen productos casi sin competencia en el segmento masculino (por ejemplo, los salva slips para hombres), lo que también permite incrementar los precios.

La polémica sobre la importancia de la tasa rosa, queda bastante rebajada en una investigación académica realizada en la Universidad Complutense de Madrid en 2018. Usando una base de más de 1.500 referencias comercializadas por seis de las principales cadenas de distribución españolas, el estudio concluye que son muy pocos los productos en los que hay sobrecostes establecidos exclusivamente en función del sexo (3,1% más caros para ellas). Lo que sí es mayor –un 16,4%– es el número de productos en el que hay «diferencias funcionales» para adaptarse a las características femeninas. (Otro debate es si las diferencias funcionales verdaderamente justifican la divergencia de precios. Aunque esto es algo que observamos continuamente en el mercado: productos con atributos básicos similares, pero con diferentes precios justificables por atributos no esenciales.)

Llegados a este punto, constado que el fenómeno no es tan mayoritario y que también hay productos con una tasa azul, cabe preguntarse: ¿es atribuible la denominada tasa rosa a la discriminación de género? ¿Hay precios pensados para penalizar a las mujeres? Si es así, ¿por qué encontramos también una tasa azul? ¿La tasa azul, como reverso de la tasa rosa, puede entonces atribuirse a un intento de discriminación de los hombres por parte de las empresas que fijan tales precios? Estas preguntas sobre la consideración de la tasa rosa como una forma de discriminación de género surgen a raíz de las acusaciones que, desde distintos ámbitos (el político, por ejemplo), se hace a las empresas de cargar a las mujeres un plus de precio sólo por el hecho de serlo.

Pero quizá quepa otra explicación para la discriminación de precios. Es posible que las empresas respondan con sus precios a la ley de la oferta y la demanda. La existencia de la tasa rosa o, en su caso, de la tasa azul, puede fundamentarse en la predisposición a pagar más o menos, es decir, en la diferente elasticidad de la demanda al precio por parte del consumidor. Si las mujeres están dispuestas a pagar más por un tipo de producto, las empresas, amparándose en la libertad de fijación de precios, establecerán un precio más alto. Y con los hombres ocurrirá lo mismo. En todo caso, el consumidor tiene la libertad para elegir los productos que compra, con independencia de la propuesta y orientación comercial que establezca el fabricante.

Además, la atribución de culpa a las empresas desde algún ámbito, rezuma cierta hipocresía. Estas acusaciones se realizan cuando aún está pendiente la reducción del IVA de productos de higiene femenina; medida que llegó a estar incluida en el proyecto de Presupuestos Generales del Estado (PGE) para 2019, pero que finalmente no salió adelante. Los productos de higiene menstrual, como tampones, compresas o copas menstruales, excepto en las Islas Canarias, tienen un IVA del 10%, en lugar del 4%, porcentaje este último asociado a los bienes básicos esenciales. No haber procedido a este cambio es algo de lo que no se puede culpabilizar a las empresas.

Y no obstante lo dicho, sí parece que el género juega un rol en el encarecimiento de algunos productos destinados al público femenino. Es posible que detrás de la preferencia de este público por pagar más, por ejemplo, por productos de belleza, esté el culto a la imagen, un estereotipo históricamente asociado a las mujeres. Pero, entonces, será esta preferencia lo que hay que cambiar. (O no; puede haber mujeres que no quieran cambiarla.) Hecho esto, las empresas no podrán fijar la denominada tasa rosa (ni la azul, en su caso), ya que las mujeres (o los hombres) no estarán dispuestas (dispuestos) a pagar este sobreprecio: no elegirán los productos de esas empresas. Incluso, se da la circunstancia de que, si a priori una empresa ha fijado un precio superior (por ejemplo, ha aumentado el precio de un ordenador por el hecho de ser rosa), creyendo que el público femenino respondería favorablemente, puede tener que bajarlo por debajo del precio del ordenador negro o gris porque se ha equivocado al considerar que iba a ser demandado por las mujeres. El dictamen del mercado es lo realmente definitivo para las empresas.

Ana I. Rodríguez Escudero